Por: Doctor Aslini Brito
En medio de un contexto global de transformación digital y un creciente debate sobre la regulación de la información, emerge en la República Dominicana el “Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales”. Desde el ámbito jurídico y periodístico, este documento ha generado preocupación en la sociedad civil y en los operadores de medios, al evidenciar disposiciones que podrían vulnerar derechos fundamentales consagrados tanto en la Constitución dominicana como en los instrumentos internacionales de protección de la libre expresión.
Contexto Constitucional y Legal en la República Dominicana:
La Constitución dominicana, pilar de la organización del Estado, garantiza la libertad de expresión como derecho esencial. Históricamente, este precepto ha servido como salvaguarda para el pluralismo informativo y la crítica al poder, fundamentales para el control democrático y la rendición de cuentas. Diversos artículos normativos y pronunciamientos de órganos internacionales han reafirmado el papel de la libertad de prensa, que, sin embargo, se enfrenta al reto de actualizarse frente a las nuevas tecnologías y a los medios digitales. En este sentido, la legislación vigente ha ido adaptándose lentamente, generando una tensión entre la necesidad de regular y el imperativo de no restringir un derecho que es esencia misma de la democracia.
Análisis Crítico del Proyecto de Ley:
El documento analizado, “Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales”, propone un marco normativo que busca ordenar el funcionamiento de los medios audiovisuales en el país. Sin embargo, un examen detallado revela varios puntos de preocupación:
- Ambigüedad en los términos y límites de regulación:
La redacción de ciertas disposiciones es susceptible a interpretaciones amplias, lo que podría facilitar la censura encubierta o el control estatal sobre contenidos que deberían estar protegidos por el derecho a la libre expresión. La falta de definiciones claras y precisas en cuanto a lo que se entenderá por “contenido ilícito” o “información perjudicial” abre la puerta a decisiones arbitrarias que pueden afectar el ejercicio periodístico y el debate público. - Vulneración de la autonomía de los medios:
El proyecto podría establecer mecanismos de supervisión o regulación que, sin las debidas garantías, interfieran en la independencia editorial de los medios de comunicación. Esta autonomía es indispensable para evitar la concentración del poder y asegurar un flujo informativo diverso y plural. La experiencia en otras jurisdicciones señala que la intervención excesiva del Estado en los medios suele debilitar la labor crítica y la transparencia informativa. - Limitaciones al periodismo de investigación:
Las disposiciones que regulan la difusión de ciertos contenidos pueden tender a penalizar o desalentar el periodismo de investigación, especialmente cuando este se enfoca en temas delicados o en la exposición de actos de corrupción y abusos de poder. Dado que la Constitución reconoce el derecho a la información como componente indispensable de la libertad de expresión, cualquier medida que coarte este ámbito resulta contraproducente para el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos. - Necesidad de actualización y alineación con estándares internacionales:
La rápida evolución de los medios digitales y la comunicación hace imperativo revisar y actualizar las leyes relacionadas con la expresión pública. Aunque el proyecto pretende abordar esta modernización, ciertos artículos parecen más orientados a un control preventivo que a una verdadera regulación adaptada a la nueva era tecnológica. Resulta esencial que la normativa sea compatible con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y libertad de expresión.
Reflexiones y Recomendaciones:
Ante el análisis realizado, es prioritario replantear y ajustar la propuesta legislativa para garantizar que no se convierta en un instrumento de censura o control autoritario. Entre las recomendaciones destacadas se encuentran:
- Precisión en la redacción:
Las definiciones y alcances deben ser claras y objetivas, evitando términos vagos que permitan interpretaciones extensivas. La tipificación de conductas debe ceñirse estrictamente a conductas que realmente pongan en riesgo la seguridad o el orden público, sin atentar contra la crítica legítima. - Fortalecimiento de las garantías editoriales:
Se debe asegurar que los mecanismos de regulación tengan controles independientes que protejan la autonomía de los medios y eviten intervenciones arbitrarias. La participación de organismos de la sociedad civil y de organismos internacionales especializados podría ser un complemento necesario para la supervisión. - Protección del periodismo de investigación:
Es imperativo que el marco normativo reconozca el rol esencial de los periodistas que, en el ejercicio de sus funciones, indaguen en asuntos de interés público. Las posibles sanciones o restricciones deben ser excepcionales y proporcionalmente limitadas, de lo contrario, se corre el riesgo de fomentar la autocensura. - Actualización en sintonía con la era digital:
La ley debe incorporar elementos propios del entorno digital, sin descuidar la protección de datos y la seguridad de los informantes. Se debe fomentar una normativa dinámica que se adapte a las nuevas formas de comunicación, preservando siempre la libertad de expresión.
Conclusión:
El “Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales” se presenta en un momento crucial para la evolución del marco regulatorio en la República Dominicana. Si bien existe una necesidad innegable de modernización, resulta fundamental que cualquier actualización normativa respete y fortalezca los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. La protección de la libre expresión es vital para la consolidación de una democracia plena y para la garantía de que tanto ciudadanos como periodistas puedan ejercer sus derechos sin temor a represalias o censuras arbitrarias. La discusión pública y la participación activa de la sociedad civil, los operadores jurídicos y los medios, son esenciales para construir una legislación que sea coherente, justa y en sintonía con los estándares democráticos internacionales.