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Abogados dicen se deben convocar a elecciones en La Vega para elección de alcalde

Los abogados indican que en la normativa actual el presidente Luis Abinader no está facultado para realizar la elección.

by Redacción
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Dos abogados sugieren que debe llamarse a elecciones extraordinarias en La Vega para elección de un nuevo alcalde, ante la designación de Kelvin Cruz como ministro de Deportes y la renuncia de la vicealcaldesa, lo que ha generado diversas opiniones sobre quién debería decidir quién ocupe la posición.

Los abogados Cándido Simón y Julio Cury indicaron que es inconstitucional que el presidente de la República, Luis Abinader o el Partido Revolucionario Moderno (PRM), sean quienes decidan quién guiará la localidad, debido a que se trata de un puesto de elección popular.

De acuerdo a informaciones extraoficiales, recientemente el PRM aprobó que el diputado Agustín Burgos sea recomendado ante el presidente para ocupar la sindicatura. Junto al diputado, la terna la completan Danny Holguín, director operativo del ayuntamiento y el regidor Esteban García.

Julio Cury, expresó a través de su cuenta de X (antiguo Twitter) que la Constitución ordena las elecciones convocadas por el presidente o vicepresidente de la República y ante la ausencia de estos, el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) será quien convoque al sufragio.

“Del mismo modo que la Constitución, ante la ausencia definitiva del presidente y vicepresidente de la República, le ordena al presidente de la SCJ a convocar elecciones, lo propio debe hacerse en el caso de alcaldes y vicealcaldes en respeto al principio democrático”, indicó.

Asimismo, manifestó que en la actualidad no existe una norma jurídica que faculte a Abinader de llenar las vacantes de funcionarios municipales.

“Cierto que el art. 55.11 de la Constitución de 1966 le reconocía esa potestad, y cierto también que el art. 64.1 de La Ley núm. 176-07 remite a nuestro texto supremo. Sin embargo, apegado al principio constitucional de autonomía municipal, el constituyente del 2010 le suprimió al jefe de Estado esa atribución”, agregó.

De su lado, Cándido Simón manifestó que la Junta Central Electoral (JCE) es el órgano competente para convocar a elecciones municipales, siendo los ciudadanos de la Vega quienes tienen la facultad de elegir a quien los dirija.

“La Junta Central Electoral es el único órgano competente y en deber de convocar a elecciones municipales abiertas para que los ciudadanos y ciudadanas de La Vega elijan a los sustitutos o sustitutas del Alcalde y la Vicealcaldesa de ese Municipio para llenar el vacío institucional dejado por la renuncia de ambos incumbentes, no el presidente de la República”, manifestó a través de redes sociales.

Añadió que el derecho a elegir es inherente al ciudadano, por lo que no debe ser suplantado por ningún poder.

Al igual que Cury, explicó que anteriormente si era función del presidente la elección en caso de ausencia, pero con la modificación de la Constitución en el año 2010, esta función fue suprimida de manera implícita, debido a que las funciones constitucionales del Ejecutivo deben ser expresas, y las de nombrar esos funcionarios no se encuentra en el catálogo del articulado de la norma constitucional actual.

“La Junta Central Electoral ya está enterada de la situación incierta del Ayuntamiento Municipal de La Vega, así que de manera oficiosa o a petición de parte interesada que podría ser cualquier persona con derecho al voto de ese Municipio, debe organizar y convocar a unas elecciones para que todos los Partidos, Movimientos y Agrupaciones políticas vayan a competencia abierta para elegir los sustitutos de esos ediles”, finalizó.

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