Solamente un tribunal de primera instancia está facultado para invalidar o ratificar los archivos definitivos que hizo la gestión pasada de la Procuraduría General de la República a favor de ocho acusados en los sobornos de más de 92 millones de dólares que pagó Odebrecht.
Así lo explica el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, quien agregó, además, que un juez de primera instancia pudiera conocer la querella contra el archivo únicamente si es depositada por una entidad o cualquier persona que la interponga.
Sostiene que el Ministerio Público no puede impugnar el cierre de la investigación “porque esa institución no puede objetar sus propios actos”.
Los favorecidos con la decisión de la Procuraduría, calificada de irregular, son Juan Temístocles Montás, Alfredo Pacheco, César Sánchez, Bernardo Castellanos, Julio César Valentín, Máximo D’Oleo, Ruddy González, y Radhamés Segura
Durante una entrevista en el programa El Día, por Telesistema 11, Camacho sostuvo que la querella debe someterse por un tribunal de primera instancia porque el colegiado conoce el auto de apertura a juicio que se lleva a cabo en contra de otros seis involucrados en los sobornos y tampoco por la Suprema Corte porque ese alto tribunal se desapoderó del caso.
“Ayer una entidad depositó unas objeciones a estos archivos y lo tuvimos orientado de que las objeciones no se pueden someterse ante el Ministerio Público porque esa institución no puede objetar sus propios actos y se les dijo que el único que puede objetarlo es un juez. Invitamos a esas personas, incluso reiteramos eso aquí, que acudan ante un juez y depositen su objeción al archivo, entonces nosotros esperamos que ese juez pueda reconocer la calidad de víctima y entonces se discuta si estos archivos permanecen o si son revocados”, expuso.