El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su presidente Julio César Castaños Guzmán, aprobó en su sesión del sábado unas 11 resoluciones y dos reglamentos relativos a los procesos de elecciones municipales, a celebrarse el 16 de febrero próximo y las presidenciales y congresuales del 17 de mayo de 2020.
Los proyectos aprobados fueron la resolución No. 01/2020 sobre votación manual y votación automatizada en el Distrito Nacional y los municipios en las elecciones municipales del 16 de febrero del año 2020; la resolución No. 02-2020 sobre formato y confección de boletas electorales para las elecciones ordinarias municipales de febrero de 2020; la resolución No. 03-2020 sobre voto preferencial, representación proporcional y uso del método D’ Hondt para la adjudicación de escaños en las elecciones del 2020; y la resolución No. 04-2020 sobre la prohibición del uso de armas, celulares, cámaras fotográficas, computadoras y bultos en los recintos y colegios electorales en las elecciones del año 2020.
Igualmente, fueron aprobadas la resolución No. 05-2020 sobre delegados políticos ante los colegios electorales 2020; la eesolución No. 06/2020 que establece la disponibilidad de una mesa auxiliar para el sufragio de las personas con discapacidad en demarcaciones con boletas electorales impresas en las elecciones del año 2020; la resolución No. 07-2020 sobre facilidades para el envejeciente o adulto mayor al momento de ejercer el voto en las elecciones del año 2020; la resolución No. 08-2020 sobre el uso de tinta indeleble en los colegios electorales y no permanencia en recintos de votación en las elecciones del año 2020; la resolución No. 09-2020 sobre la asistencia del voto en las elecciones del año 2020; la resolución No. 10-2020 sobre la integración y composición de los colegios electorales en las elecciones del año 2020; y la resolución No. 11-2020 sobre la hora de votación en las elecciones del año 2020.
El Pleno de la JCE aprobó igualmente el reglamento sobre observadores técnicos ante el centro de procesamiento de datos durante los procesos electorales del año 2020, el cual consta de 13 artículos y establece que los partidos políticos reconocidos que hubieren obtenido el 1.5% o más de los votos válidos, emitidos en las últimas elecciones ordinarias generales podrán acreditar cada uno un observador técnico ante el centro de procesamiento de datos de la Junta Central Electoral.