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Mantienen en prisión a Víctor Díaz Rúa y a Rondón; varían medidas a demás implicados en caso Odebrecht

by Redacción
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SANTO DOMINGO. La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia ratificó la prisión preventiva en contra Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa por un año y nueve meses, respectivamente

El fallo declaró bueno y válido en cuanto a la forma los recursos de apelación interpuestos por Angel Rondón, Víctor Díaz Rúa y Alfredo Pacheco, y en cuanto al fondo rechazó por mayoría de votos los referidos recursos.

En consecuencia, confirma en cuanto a estos imputados las medidas de coerción impuestas las cuales son revisables cada tres meses. En contra de Pacheco se mantiene la presentación periódica e impedimento de salida.

Asimismo, el tribunal declaró buenos y válidos los recursos de apelación de Temístocles Montás, Radhamés Segura, Andrés Bautista, Ruddy González, Conrado Pitaluga, Máximo D´Oleo y César Sánchez en cuanto a la forma y en cuanto al fondo acogió parcialmente los referidos recursos.

En consecuencia, el tribunal dispuso arresto domiciliario por nueve meses en contra de Conrado Pitaluga, en sustitución de la prisión preventiva que había dictado el juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, por el mismo periodo.

En cuanto a Radhamés Segura, Temístocles Montás, Andrés Bautista y Ruddy González el fallo dispone el pago de una fianza de 15 millones de pesos como garantía económica, impedimento de salida y la presentación periódica el primer lunes de cada mes ante la Procuraduría Especializada de Persecución contra la Corrupción Administrativa (PEPCA) por espacio de nueve meses.

César Sánchez fue favorecido con el pago de una fianza ascendente a RD$10 millones, impedimento de salida del país y la presentación periódica el primer lunes de cada mes ante el PEPCA por nueve meses.

Máximo D´Oleo le fue impuesto el pago de una fianza de RD$5 millones, impedimento de salida del país y la presentación periódica el primer lunes de cada mes ante el PEPCA por nueve meses.

El fallo establece que la decisión contiene los votos disidentes de los magistrados Esther Casasnova e Hiroito Reyes de forma parcial y de la magistrada Miriam Germán Brito de forma íntegra.

Asimismo, la sentencia exime a los recurrentes del pago de las costas del proceso por tratarse de una decisión sobre medida de coerción.

La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia fijó la lectura íntegra de la decisión para el miércoles 19 de julio, a las 9:00 de la mañana

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